Introducción
En Avocoop, el compromiso con la tierra, las personas y las comunidades es la base de nuestra forma de trabajar. Por ello, y conscientes de la importancia que tiene el conocimiento, el respeto y la protección de los Derechos Humanos en el ámbito laboral por parte de nuestros trabajadores, proveedores y contratistas, hemos creado la presente Política de Abordaje de los Derechos Humanos en el Ámbito Laboral y Código ETI.
Esta política expresa el compromiso de Avocoop con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y con la relación que ésta tiene con la actividad agrícola y comercial que desarrollamos en cada uno de nuestros orígenes.
Con su creación, Avocoop asume la responsabilidad que le corresponde respecto a sus trabajadores, proveedores y contratistas en materia de Derechos Humanos. Para ello, a continuación se describen las responsabilidades y el alcance que tendrá.
Alcance y ámbito de aplicación
Los lineamientos declarados en esta política son la guía que indica cómo Avocoop aborda los derechos humanos y el Código ETI, partiendo de las relaciones laborales que la empresa mantiene con sus trabajadores, proveedores y contratistas.
Por tanto, será de aplicación a los empleados, proveedores, contratistas y miembros del órgano de dirección de Avocoop, a quienes la empresa se compromete a dar a conocer esta política de manera oportuna y siempre que se produzca algún cambio o revisión.
Responsabilidades
La responsabilidad de implementar e informar sobre la Política de Abordaje de los Derechos Humanos en el Ámbito Laboral y Código ETI corresponde a los departamentos de Recursos Humanos y Compras, así como a la Dirección de Avocoop, quienes velarán por el correcto y estricto cumplimiento de los lineamientos que dicta esta política.
En consecuencia, Avocoop presenta de manera concreta sus responsabilidades en materia de Derechos Humanos y Código ETI ante sus empleados, proveedores y contratistas.
Compromiso y principios de actuación
Avocoop se compromete a informar, respetar y publicar todos los derechos humanos y principios del Código ETI reconocidos internacionalmente y recogidos en:
- La Carta Internacional de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que comprende la Declaración Universal de Derechos Humanos.
- La Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo.
- Los principios del Código ETI (Ethical Trading Initiative).
Responsabilidad con nuestros empleados, proveedores y contratistas
En Avocoop entendemos que las personas son nuestro mayor y más preciado activo y, por tanto, una de nuestras principales responsabilidades en materia de derechos humanos. Cultivamos con calma, cuidando la tierra y a quienes la trabajan, generando empleo estable e impulsando el desarrollo de las comunidades rurales en cada uno de nuestros orígenes.
Por ello, los pilares sobre los que fundamentamos el desarrollo de nuestro capital humano son: el respeto a la diversidad, la igualdad de oportunidades, el mérito y la no discriminación por razón de color de piel, raza, ideología política o religiosa, género o cualquier otra circunstancia.
Para el éxito de estos lineamientos, Avocoop asume y se compromete a promover los siguientes principios básicos que determinan su actuación en el ámbito laboral:
- Exigir, por cualquier medio escrito, verbal o electrónico, a todos los profesionales y proveedores de la empresa, el estricto respeto a los derechos humanos y laborales reconocidos en la legislación nacional e internacional anteriormente citada en el desarrollo de su actividad.
- Rechazar el trabajo infantil y el trabajo forzoso u obligatorio, y respetar la libertad de asociación y de negociación colectiva, tal y como se recoge en nuestra Política de Responsabilidad Social.
- Solicitar a sus proveedores el cumplimiento del Código ETI, que les obliga a impulsar acciones y adoptar las medidas necesarias en su organización para: eliminar toda forma o modalidad de trabajo forzoso u obligatorio; rechazar expresamente el empleo de mano de obra infantil; respetar la libertad de asociación sindical y el derecho a la negociación colectiva de sus trabajadores; rechazar toda práctica discriminatoria en materia de empleo y ocupación, tratando a sus empleados de forma justa, con dignidad y respeto; y retribuir a sus trabajadores conforme a las leyes salariales aplicables, incluidos salarios mínimos, horas extra y beneficios sociales.
- Implementar las medidas que procedan en caso de detectar la violación de los derechos humanos en sus instalaciones o en las de sus proveedores, en los términos previstos en el Código ETI.
- Disponer de mecanismos de denuncia y reclamación, con suficientes garantías, para atender posibles casos de violación de los derechos humanos que puedan ser comunicados por personas u organizaciones ajenas a Avocoop, a través de: https://avocoop.com/ayudanos-a-mejorar/ / info@avocoop.com.
- Velar por una cultura de respeto de los derechos humanos y del Código ETI, y por la sensibilización de sus profesionales en esta materia, mediante capacitaciones e información publicada en los murales informativos de la empresa, especialmente en aquellas áreas donde el riesgo de vulneración de derechos pueda ser superior.
Una copia firmada de esta declaración ha sido entregada al responsable de la empresa en materia de prácticas sociales y al representante de los trabajadores. Una copia de este documento estará disponible para cualquier empleado que lo solicite y se exhibirá en un lugar visible siempre que sea posible.